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102conocimiento al respecto, vale decir, sobre la prestación de servicios,que le sean perjudiciales o le beneficien a su contendor judicial,hechos que deben ser controvertidos, pertinentes y relevantes para lasolución de la contienda judicial, todo lo cual será apreciado mediantela sana critica del juzgador. En opinión del doctor Henríquez LaRoche (2003), es éste interrogatorio libre, bien diverso delinterrogatorio formal, por lo que la contra se declartio que caracterizaa la prueba de confesión no debiera tener la eficacia legal de ésta,limitándose a ser una prueba libremente valorable por el juez.Es pertinente resaltar que la declaración de parte, se encuentralimitada a la prestación de servicio, es decir, queindependientemente de las preguntas que formule el juez, solo tienenvalor como confesión las respuestas relacionadas con la prestacióndel servicio, esto es, con las modalidades, características ycondiciones de la prestación del trabajo, por lo cual el interrogatoriopuede extenderse a la ubicación temporal de la relación de trabajo, lanaturaleza de los servicios prestados, la modalidad de la contratación,la remuneración, la jornada de trabajo, y las circunstancias de laterminación de la relación laboral. Este medio probatorio estaprevisto en el artículo 103 del cuerpo normativo adjetivo laboral de lasiguiente manera:En la audiencia de juicios las partes,trabajador y empleador, se consideraránjuramentadas para contestar al juez dejuicio las preguntas que éste formule y lasrespuestas de aquellos se tendrán comouna confesión sobre los asuntos que seles interrogue en relación con laprestación de servicio, en el entendidoque responden directamente al juez dejuicio y la falsedad de las declaraciones seconsidera como irrespeto a laadministración de justicia, pudiendoaplicarse las sanciones correspondientes.

103De la norma transcrita y aunando a lo anteriormente dicho, sedesprende que, no es necesaria la formalidad del juramento, puestoque las partes se consideran juramentadas. El interrogatoriosolamente lo puede formular el juez de juicio, pues deja de ser unmedio de prueba empleado por las partes para transformares en unmecanismo procesal de uso potestativo de éste y la evasiva onegativa a contestar produce el efecto de confesión en contra delinterrogado, teniéndose como ciertos los hechos a que se contrae laspreguntas formuladas, de acuerdo con el articulo 106 ejusdem, estoen concordancia con el articulo 1.401 del Código Civil, que propugnaque la confesión hecha por la parte o su apoderado dentro de loslimites del mandato ante el juez, aunque éste sea incompetente, hacecontra ella plena prueba; lo cual significa, que una declaraciónexpresa contenida en la demanda, en la contestación o en cualquieracto del proceso que confirme los hechos invocados por la partecontraria, tiene pleno valor probatorio. Asimismo, la falsedad de lasdeclaraciones se consideraran como irrespeto a la administración dejusticia y acarrea para la parte que en ella incurra la responsabilidaddisciplinaria que sanciona el mismo juez de conformidad con elarticulo 48 de la LOPT, lo cual no excluye, la responsabilidad penalpor el delito de perjurio, previsto en el articulo 250 del Código Penal.Siguiendo con el libre interrogatorio de partes o declaración departes, encontramos que conforme a lo previsto en el articulo 104ejusdem, quedan excluidas del interrogatorio aquellas preguntas quetengan por objeto obtener una confesión para luego aplicar lassanciones previstas en la ley Orgánica de Prevención, Condiciones yMedio ambiente del Trabajo, como podrían ser por ejemplo, aquellaspreguntas que tuvieran como objeto obtener una declaración delcumplimiento de las normas Covenin; la existencia de un comité dehigiene y seguridad industrial, la dotación de implementos de

103De la norma transcrita y aunando a lo anteriormente dicho, se<strong>de</strong>spren<strong>de</strong> que, no es necesaria la formalidad <strong>de</strong>l juramento, puestoque las partes se consi<strong>de</strong>ran juramentadas. El interrogatoriosolamente lo pue<strong>de</strong> formular el juez <strong>de</strong> juicio, pues <strong>de</strong>ja <strong>de</strong> ser unmedio <strong>de</strong> prueba empleado por las partes para transformares en unmecanismo procesal <strong>de</strong> uso potestativo <strong>de</strong> éste y la evasiva onegativa a contestar produce el efecto <strong>de</strong> confesión en contra <strong>de</strong>linterrogado, teniéndose como ciertos los hechos a que se contrae laspreguntas formuladas, <strong>de</strong> acuerdo con el articulo 106 ejus<strong>de</strong>m, estoen concordancia con el articulo 1.401 <strong>de</strong>l Código Civil, que propugnaque la confesión hecha por la parte o su apo<strong>de</strong>rado <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> loslimites <strong>de</strong>l mandato ante el juez, aunque éste sea incompetente, hacecontra ella plena prueba; lo cual significa, que una <strong>de</strong>claraciónexpresa contenida en la <strong>de</strong>manda, en la contestación o en cualquieracto <strong>de</strong>l proceso que confirme los hechos invocados por la partecontraria, tiene pleno valor probatorio. Asimismo, la falsedad <strong>de</strong> las<strong>de</strong>claraciones se consi<strong>de</strong>raran como irrespeto a la administración <strong>de</strong>justicia y acarrea para la parte que en ella incurra la responsabilidaddisciplinaria que sanciona el mismo juez <strong>de</strong> conformidad con elarticulo 48 <strong>de</strong> la LOPT, lo cual no excluye, la responsabilidad penalpor el <strong>de</strong>lito <strong>de</strong> perjurio, previsto en el articulo 250 <strong>de</strong>l Código Penal.Siguiendo con el libre interrogatorio <strong>de</strong> partes o <strong>de</strong>claración <strong>de</strong>partes, encontramos que conforme a lo previsto en el articulo 104ejus<strong>de</strong>m, quedan excluidas <strong>de</strong>l interrogatorio aquellas preguntas quetengan por objeto obtener una confesión para luego aplicar lassanciones previstas en la ley Orgánica <strong>de</strong> Prevención, Condiciones yMedio ambiente <strong>de</strong>l Trabajo, como podrían ser por ejemplo, aquellaspreguntas que tuvieran como objeto obtener una <strong>de</strong>claración <strong>de</strong>lcumplimiento <strong>de</strong> las normas Covenin; la existencia <strong>de</strong> un comité <strong>de</strong>higiene y seguridad industrial, la dotación <strong>de</strong> implementos <strong>de</strong>

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