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Revista Agentes Comerciales de GranadaPeríodo de cotizaciónMeses Período de la protecciónMesesDe doce a diecisiete 2De dieciocho a veintitrés 3De veinticuatro a veintinueve 6De treinta a treinta y cinco 8De treinta y seis a cuarenta y dos 10De cuarenta y tres en adelante 12Cuantía de la prestación.Se percibe, durante todo su período de disfrute, el70% de la base reguladora, entendida como el promediode las bases por las que se hubiere cotizadodurante los doce meses continuados e inmediatamenteanteriores a la situación legal de cese.A efectos de calcular las cuantías máxima y mínimade la prestación por cese de actividad, seentenderá que se tienen hijos a cargo, cuando éstossean menores de veintiséis años, o mayorescon una discapacidad en grado igual o superior al33 %, carezcan de rentas de cualquier naturalezaiguales o superiores al salario mínimo interprofesionalexcluida la parte proporcional de las pagasextraordinarias, y convivan con el beneficiario.A título de ejemplo, el cálculo sobre la base mínimadel 2010, daría una prestación mensual de589,26 euros.Extinción del derecho de protección.La prestación por cese de actividad se extinguiráen los siguientes casos:•Por agotamiento del plazo de duración de la prestación.•Por imposición de una sanción muy grave en lostérminos establecidos en la Ley de Infracciones ySanciones en el Orden Social (Real Decreto Legislativo5/2000).•Por realización de un trabajo por cuenta propia opor cuenta ajena durante un tiempo igual o superiora 12 meses, en este último caso siempre quegenere derecho a la protección por cese de actividadcomo trabajador autónomo.•Por cumplimiento de la edad de jubilación ordinaria•Por reconocimiento de pensión de jubilación o deincapacidad permanente•Por traslado de residencia al extranjero, salvo enlos casos que reglamentariamente se determinen.•Por renuncia voluntaria al derecho.Otras disposiciones de la Ley 32/2010A este respecto es de destacar que:•La Disposición adicional sexta establece una regulaciónespecífica para los socios trabajadores decooperativas de trabajo asociado.•La Disposición adicional séptima. sexta estableceuna regulación específica para los trabajadores autónomosque ejercen su actividad profesional conjuntamente.•La Disposición adicional undécima. Alude a la cotizaciónde los socios trabajadores de cooperativas detrabajo asociado dedicados a la venta ambulante.•La Disposición adicional decimocuarta establecela posibilidad de establecer el pago único de laprestación por cese de actividad, en concreto dicetextualmente que “En los términos que reglamentariamentese establezcan, se fijarán los supuestos yrequisitos para que los beneficiarios del derecho ala prestación por cese en la actividad puedan percibir,una parte o en su totalidad, el valor actual del importede la prestación que pudiera corresponderlesen función de las cotizaciones efectuadas.•Nota aclaratoria.- Cuando a lo largo del artículoaparece la palabra Cliente, se refiere en nuestro colectivode Agentes Comerciales al Principal, es decira la Empresa con la cual el Agente Comercialha suscrito de manera verbal o escrita contrato deagencia mercantil.Pilar FloresAbogada.<strong>Abril</strong> 201114

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