19.08.2015 Views

¿Quién responde a las mujeres?

El progreso de las mujeres en el mundo 2008/2009.

El progreso de las mujeres en el mundo 2008/2009.

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

RECUADRO2DCuotas para <strong>las</strong> <strong>mujeres</strong> iPorcentaje de <strong>mujeres</strong> enPaís Cuotas para <strong>las</strong> <strong>mujeres</strong> la cámara baja o únicaRwandaSÍ Tipo 1: La Constitución establece que <strong>las</strong> <strong>mujeres</strong> deben ocupar al menos 30% de todos los puestos enórganos ejecutivos y en el Senado. 48.8 (34.6)Tipo 2: Se reservan a <strong>las</strong> <strong>mujeres</strong> en la Asamblea Nacional 24 de los 80 escaños (30%).Tipo 3: Un 20% de los puestos en los consejos de distrito se reserva a la mujer.Se aplican sanciones judiciales en caso de incumplimiento.SueciaSÍ Tipo 4: En el partido Laborista Social Demócrata de Suecia, el Partido de Izquierda y el Partido Verde deSuecia se reservan cuotas del 50% para <strong>las</strong> <strong>mujeres</strong>. 47.0Cuba NO N/D 43.2Finlandia NO N/D 41,5Argentina SÍ Tipo 1: La Constitución establece cuotas para la mujer. 40.0 (38.9)Tipo 2: Las listas de los partidos deben incluir un 30% de <strong>mujeres</strong> para cargos electivos.Tipo 3: Las leyes de la capital y provinciales incluyen cuotas.Tipo 4: Los partidos políticos, en su mayoría, tienen una cuota del 30% para <strong>las</strong> <strong>mujeres</strong>.Se aplican sanciones judiciales en caso de incumplimiento.Países Bajos SÍ Tipo 4: El Partido Laborista tiene una cuota del 50% para la mujer; el Partido Verde de Izquierda también tieneuna cuota para la mujer (porcentaje no confi rmado) 39.3 (34.7)Dinamarca NO Anteriormente tenía Tipo 4. Las cuotas fueron abandonadas a mediados de la década de 1990. 38.0Costa Rica SÍ Tipo 2: Cuota de 40% para <strong>las</strong> <strong>mujeres</strong> en todas <strong>las</strong> elecciones públicas, nacionales y locales. 36.8Tipo 3: Véase el Tipo 2.Tipo 4: El Partido de Liberación Nacional y el Partido Social Cristiano Unifi cado tienen una cuota del 40% para <strong>las</strong><strong>mujeres</strong>; en el Partido de Acción Ciudadana, la cuota es 50%.Se aplican sanciones judiciales en caso de incumplimiento.EspañaSÍ Tipo 2: Según el principio de la presencia equilibrada, <strong>las</strong> listas electorales de los partidos deben tener un mínimodel 40% y un máximo del 60% de uno y otro sexo en sus candidatos para todas <strong>las</strong> elecciones (generales, regionales,locales) 36.3 (30.0)Tipo 3: Véase el Tipo 2. Además, varias comunidades autónomas han adoptado cuotas para elecciones regionales.Tipo 4: Los partidos, en su mayoría, tienen una cuota del 40% para uno y otro sexo.Se aplican sanciones judiciales en caso de incumplimiento.Noruega SÍ Tipo 4: Los partidos, en su mayoría, tienen una cuota del 40% para uno y otro sexo. 36.1BélgicaSÍ Tipo 2: Una cuota mínima de una tercera parte para uno y otro sexo; no se permite que dos puestos consecutivosen la lista de un partido sean ocupados por personas del mismo sexo. 35.3 (38.0)Tipo 4: Hay varios tipos de cuotas; los más frecuentes son: por lo menos un candidato de cada sexo en los trespuestos de más alto nivel; la inclusión alternada de hombres y <strong>mujeres</strong> en <strong>las</strong> listas locales y provinciales o “sistemacremallera”; igual número de candidatos de cada sexo en <strong>las</strong> listas provinciales (o de <strong>las</strong> más altas posiciones en listas provinciales).Se aplican sanciones judiciales en caso de incumplimiento.Mozambique SÍ Tipo 4: El Frente para la Liberación de Mozambique tiene una cuota del 30% para <strong>las</strong> <strong>mujeres</strong>. 34.8NepalSÍ Tipo 1: La Constitución establece que al menos el 5% del total de candidatos que participan en la elección parala cámara baja deben ser <strong>mujeres</strong> y que tres de 60 escaños están reservados para <strong>mujeres</strong> en la cámara alta. 33.6Tipo 2: Véase el Tipo 1.Tipo 3: Se reserva para <strong>las</strong> <strong>mujeres</strong> un 20% de todos los puestos de los consejos de aldea y municipales.Se aplican sanciones judiciales en caso de incumplimiento.Islandia SÍ Tipo 4: Algunos partidos tienen una cuota del 40% para <strong>las</strong> <strong>mujeres</strong>. 33.3Nueva Zelandia NO N/D 33.1Sudáfrica SÍ Tipo 3: La Ley de Estructuras Municipales especifi ca que los partidos deben tratar de asegurar que un 50%candidatos en el ámbito local sean <strong>mujeres</strong>, pero no se imponen sanciones en caso de incumplimiento. 33.0 (40.7)Tipo 4: El Congreso Nacional Africano tiene una cuota del 30% para la representación de <strong>mujeres</strong> y una cuotadel 50% de <strong>mujeres</strong> en <strong>las</strong> listas de los partidos para elecciones en el nivel local.AustriaAlemaniaSÍ Tipo 4: El Partido Verde Alternativo ha establecido una cuota del 50% para <strong>las</strong> <strong>mujeres</strong>; el Partido Austríaco delPueblo tiene una cuota del 33.3% y el Partido Socialdemócrata de Austria, una cuota del 40% para <strong>las</strong> <strong>mujeres</strong>. 32.8 (24.6)SÍ Tipo 4: El Partido de Izquierda y el Partido Verde tienen cuotas del 50% para <strong>las</strong> <strong>mujeres</strong>; la Unión DemócrataCristiana tiene una cuota del 33.3% y el Partido Socialdemócrata de Alemania, una cuota del 40%. 31.6 (21.7)Uganda SÍ Tipo 1: La Constitución determina que el parlamento debe estar integrado por una mujer representante por cada distrito. 30.7Tipo 2: Además de 214 representantes del electorado, hay 61 <strong>mujeres</strong> representantes, 56 para cada distrito y el resto,como parte de cuotas para los demás grupos, entre ellos representantes de <strong>las</strong> fuerzas de defensa, personas condiscapacidad, trabajadores y jóvenes.Tipo 3: Se reserva a <strong>las</strong> <strong>mujeres</strong> una tercera parte de los puestos en consejos de gobierno locales.Burundi SÍ Tipo 1: La Constitución estipula una cuota del 30% para <strong>las</strong> <strong>mujeres</strong> en el parlamento. 30.5 (34.7)Tipo 2: El Código Electoral establece que <strong>las</strong> listas deben tomar en cuenta el equilibrio de género y que de cadacuatro candidatos una debe ser mujer.República Unida SÍ Tipo 1: La Constitución establece al menos 20%, pero no más del 30%, de escaños especialmente reservadosde Tanzanía a <strong>las</strong> <strong>mujeres</strong> en el parlamento. 30.4Tipo 2: De 319 escaños en el parlamento, 75 se reservan especialmente para <strong>las</strong> <strong>mujeres</strong>.Tipo 3: En el nivel local, un 25% de todos los puestos deben ser ocupados por <strong>mujeres</strong>.Macedonia SÍ Tipo 2: En <strong>las</strong> listas de candidatos de los partidos, debe haber como mínimo un 30% de representantes de cada sexo. 30.0(ex RepúblicaTipo 3: En <strong>las</strong> listas de candidatos para los consejos de condados y en la ciudad de Skopje, un 30% de los candidatosYugoslava de)como mínimo para cada sexo; la mitad de ellos, en la primera mitad de la lista.Tipo 4: La Unión Social Demócrata de Macedonia tiene una cuota del 30% para ambos sexos.Se aplican sanciones judiciales en caso de incumplimiento.Notas: Los números entre paréntesis cor<strong>responde</strong>n al porcentaje de <strong>mujeres</strong> en la cámara alta de <strong>las</strong> legislaturas, allí donde sea aplicable. Los datos son los disponibles al 31 de mayo de 2008.Para la descripción de los tipos de cuotas, véase el gráfi co 2.5.24 EL PROGRESO DE LAS MUJERES EN EL MUNDO 2008/2009

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!