un sentido similar, otro de los especialistas señala que “no conozco ninguna sentencia de la CorteIDH que relacione de manera explícita la causalidad entre la violación de un derecho humano y lacorrupción. Sin embargo existen algunas excepciones a la regla en donde la corrupción aparececomo una causa, entre otras, de la violación de un derecho humano, por ejemplo, en el Caso LoriBerenson Mejía vs. Perú (2004) 12 la Corte IDH menciona a la corrupción judicial como una de lascausas de la violación de las garantías procesales”.ANEXO 1En definitiva, en el marco de la Comisión Interamericana parece existir algún grado de visibilizacióndel problema de la corrupción como una cuestión estrechamente vinculada a la violación dederechos humanos. Asimismo, algunas de las medidas que este organismo insta a los Estados aadoptar con el objeto de prevenir la violación de derechos humanos son medidas de lucha contra laimpunidad de los actos de corrupción, así como de reforma institucional con el objeto de aumentarlos controles, la rendición de cuentas y la transparencia en el funcionamiento de los organismosdel Estado.Por otro lado, respecto de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, si bien es posiblepensar en numerosos casos que se han conocido ante este organismo en los que las violacionesde derechos humanos son a su vez actos de corrupción, o en que la corrupción facilitó o puedeentenderse como una de las causas de las violaciones, el tribunal internacional no parece haberincorporado de forma clara y expresa el problema de la corrupción como un aspecto estructural quecausa o favorece las violaciones a derechos humanos.Ahora bien, no se puede decir lo mismo respecto de las medidas de promoción de la transparencia,las que fueron claramente conceptualizadas e integradas por la Corte IDH en el caso Claude Reyesy otros vs. Chile (2006) 13 , y más recientemente en la sentencia Guerrilha do Araguaia vs. Brasil(2010) 14 . Esto demuestra, para uno de los expertos, que “las herramientas del SIDH tienen unenorme potencial para fijar contenidos mínimos a los principios de participación, transparencia yrendición de cuentas. Por ejemplo, el caso Claude Reyes vs. Chile ha fijado reglas de interpretacióny obligaciones estatales básicas para legislar y regular el acceso a la información desde unaperspectiva de DDHH”.Esta potencialidad demostrada en el caso Claude Reyes respecto de la transparencia y el accesoa la información podría entonces trasladarse al ámbito de la lucha contra la corrupción. Por ello esque parece de gran relevancia preguntarse por los beneficios esperables del establecimiento deun vínculo claro entre la agenda de transparencia y lucha contra la corrupción y el SIDH, de losfactores que han facilitado y pueden en el futuro facilitar esta sinergia, así como de los obstáculosy limitaciones que puede tener este proceso.González y otras (“Campo Algodonero”) vs. México, op. cit., párr. 456, párr. 457 y párr. 459. Negritasagregadas.12 Corte IDH. Caso Lori Berenson vs. Perú. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 25 de noviembrede 2004. Serie C No. 119.13 Corte IDH. Caso Claude Reyes y otros vs. Chile. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 19 deseptiembre de 2006. Serie C No. 151.14 Corte IDH. Caso Gomes Lund y otros (Guerrilha do Araguaia) vs. Brasil. Excepciones Preliminares,Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 24 de noviembre de 2010 Serie C No. 219.72
Beneficios de establecer una conexión entre la agenda de transparenciay lucha contra la corrupción y el SIDHLos aspectos positivos de vincular el tema de la transparencia y lucha contra la corrupcióndentro de las herramientas que brinda el sistema interamericano de derechos humanos fueroncompartidos por todo/as los/as especialistas consultados/as. De hecho, muy pocos señalaron laexistencia de limitaciones. Esto obviamente no quiere decir que no se deba “mantener una líneadivisoria, cuando sea el caso, entre corrupción y derechos humanos”, pues la existencia de unarelación entre ambos fenómenos no implica que sean idénticos en todos los casos.ANEXO 1En la línea de incorporar la visión de la lucha contra la corrupción dentro del SIDH y de utilizar elSIDH en la agenda de lucha contra la corrupción, es posible esperar múltiples beneficios tantopara las organizaciones de derechos humanos, las organizaciones de lucha contra la corrupción ypromoción de la transparencia y, sobre todo, para los Estados y los ciudadanos de la región, queson los beneficiarios de las estrategias desarrolladas por ambos tipos de organizaciones.En los beneficios esperados, hay dos aspectos parecidos que tal vez valga la pena distinguir,pues permiten fijar de forma más concreta las posibilidades de acción.Una primera cuestión, más genérica, dice relación con cuáles son los beneficios esperablesdel hecho de vincular la perspectiva de derechos humanos con aquella de la promoción de latransparencia y lucha contra la corrupción. Sobre este punto, el diagnóstico elaborado en lasprimeras secciones de este documento no deja ninguna duda sobre de qué forma el integrarambas perspectivas permite comprender mejor las causas y consecuencias tanto del fenómenode la corrupción como de las violaciones a los derechos humanos. Hacer visible la relación queexiste entre corrupción y discriminación, entre corrupción y <strong>DE</strong>SC, entre corrupción y violenciapolicial, o entre corrupción y afectación de grupos en condición de vulnerabilidad como migrantes,indígenas y personas privadas de libertad, permite mejorar el diagnóstico de estos problemas y,por tanto, entregar mejores vías de solución. Este trabajo ya ha sido emprendido por diversasorganizaciones, y en los últimos 10 años ha habido cada vez más trabajos en este sentido porparte de académicos, de las organizaciones de la sociedad civil, e incluso dentro de algunasorganizaciones estatales.Un segundo aspecto, más específico, y que es el objetivo de esta reunión, son las ventajasque tendría en el contexto latinoamericano la utilización de las herramientas del sistemainteramericano de derechos humanos para aplicarlas a la promoción de la transparencia y luchacontra la corrupción, y de qué forma las herramientas utilizadas por las organizaciones quetrabajan en la agenda de transparencia y anticorrupción pueden servir para mejorar el trabajo delsistema interamericano de derechos humanos en la promoción y respeto de estos derechos en laregión. Y es que, en teoría, podría bastar con que el diagnóstico que permite vincular corrupcióny derechos humanos pudiera realizarse únicamente a nivel interno de los Estados. Sin embargo,hasta ahora pareciera que los esfuerzos a nivel interno no han sido suficientemente poderosos. Eneste sentido, la intervención del SIDH aparece como una herramienta con enorme potencialidad73
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