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SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS

transparencia, lucha contra la corrupción y el sistema ... - Anadep

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Los/as expertos/as también destacaron la necesidad de seguir insistiendo en el derecho deacceso a la información pública como un requisito esencial para la participación y la rendición decuentas: no es posible controlar el poder si no se sabe qué está ocurriendo. Aunque también sehizo notar que es posible tener sistemas que tengan un elevado acceso a la información y en losque se establezcan mecanismos de rendición de cuentas, pero que exista poca participación.Esto, justamente, puede encontrarse relacionado a problemas de discriminación y exclusión.INFORMEEn cuanto a formas concretas de utilizar el sistema interamericano para promover mecanismosde participación, se propuso la idea de utilizar las reparaciones que son ordenadas por la CorteInteramericana para que ésta ordene a los Estados capacitar a grupos de la ciudadanía parahabilitarlos a ejercer un adecuado control de la actividad pública. Es decir, muchas veces losciudadanos quieren controlar a la autoridad, pero carecen de los conocimientos técnicos paraello –por ejemplo, análisis presupuestario o contable–. Por ello, se sugirió que una medidacreativa en el marco del SIDH podría ser la de proponer que la Corte ordenara, en el marcode un caso en el que se justifique esta clase de medidas, una capacitación no solo de losorganismos públicos –como se hace rutinariamente–, sino también de grupos de ciudadanosque estarían en condiciones de supervisar la gestión pública en aspectos específicos.Por último, se planteó la posibilidad que, en los procesos de supervisión de cumplimiento desentencias de la Corte IDH, podría pensarse en que fueran instancias participativas al interiordel Estado las encargadas de monitorear el cumplimiento de los casos, recurriendo a la Cortesi fuese necesario. Para ello, por supuesto, se estimó como fundamental la existencia deuna política de transparencia sólida que permitiera saber si el Estado estaba efectivamenteimplementando las reparaciones ordenadas.Derechos económicos, sociales y culturalesUn área en la que es particularmente visible la relación existente entre derechos humanos ycorrupción es la de los derechos económicos, sociales y culturales (<strong>DE</strong>SC).Ahora bien, justamente en el marco del sistema interamericano, el tratamiento de los derechoseconómicos, sociales y culturales ha sido bastante limitado, en particular ante la CorteInteramericana. El Protocolo Adicional a la CADH sobre Derechos Económicos, Sociales yCulturales (Protocolo de San Salvador) 43 , asigna una competencia muy limitada a la Comisióny a la Corte para la supervisión de violaciones individuales, pues se restringe al derecho ala educación y a los derechos sindicales 44 . Por otro lado, el único artículo de la Convención43 OEA. Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de DerechosEconómicos, Sociales y Culturales. Adoptado en San Salvador el 17 de noviembre de 1988; entrada en vigorel 16 de noviembre de 1999.44 Ver el artículo 19 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia deDerechos Económicos, Sociales y Culturales, op. cit.38

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