08.08.2015 Views

SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS

transparencia, lucha contra la corrupción y el sistema ... - Anadep

transparencia, lucha contra la corrupción y el sistema ... - Anadep

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas emitió un comunicado oficial en el que denunciabaal señor Ivcher por llevar a cabo una campaña difamatoria tendiente a desprestigiar a las FuerzasArmadas (supra párr. 76.k). Además, el mismo día en que el Ejército emitió dicho comunicado,el Poder Ejecutivo del Perú expidió un decreto supremo que reglamentó la Ley de Nacionalidad,estableciendo la posibilidad de cancelar ésta a los peruanos naturalizados (supra párr. 76.l).159. Ha sido probado también que días después de que el Canal 2 anunciara la presentaciónde un reportaje sobre grabaciones ilegales de conversaciones telefónicas sostenidas porcandidatos de la oposición, el Director General de la Policía Nacional informó que no se habíalocalizado el expediente en el que se tramitó el título de nacionalidad del señor Ivcher, y que no sehabía acreditado que éste hubiera renunciado a su nacionalidad israelí, razón por la cual, medianteuna “resolución directoral”, se dispuso dejar sin efecto el mencionado título de nacionalidad.160. Como consecuencia de lo anterior, el 1 de agosto de 1997 el Juez Percy Escobarordenó que se suspendiera el ejercicio de los derechos del señor Ivcher como accionistamayoritario y Presidente de la Compañía y se revocara su nombramiento como Director de lamisma, se convocara judicialmente a una Junta General Extraordinaria de Accionistas para elegirun nuevo Directorio y se prohibiera la transferencia de las acciones de aquél. Además, otorgó laadministración provisional de la Empresa a los accionistas minoritarios, hasta que se nombraseun nuevo Directorio, retirando así al señor Ivcher Bronstein del control del Canal 2.161. La Corte ha constatado que, después de que los accionistas minoritarios de laCompañía asumieron la administración de ésta, se prohibió el ingreso al Canal 2 de periodistasque laboraban en el programa Contrapunto y se modificó la línea informativa de dicho programa(supra párr. 76.v).162. En el contexto de los hechos señalados, esta Corte observa que la resolución quedejó sin efecto legal el título de nacionalidad del señor Ivcher constituyó un medio indirecto pararestringir su libertad de expresión, así como la de los periodistas que laboraban e investigabanpara el programa Contrapunto del Canal 2 de la televisión peruana.163. Al separar al señor Ivcher del control del Canal 2, y excluir a los periodistas delprograma Contrapunto, el Estado no sólo restringió el derecho de éstos a circular noticias, ideasy opiniones, sino que afectó también el derecho de todos los peruanos a recibir información,limitando así su libertad para ejercer opciones políticas y desarrollarse plenamente en unasociedad democrática.ANEXO 2Caso Herrera Ulloa vs. Costa Rica – 2004Corte IDH. Caso Herrera Ulloa vs. Costa Rica. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas.Sentencia de 2 de julio de 2004. Serie C No. 107.Texto completo disponible [en línea] [consulta: 16 mayo 2012].Esta sentencia analiza las sanciones impuestas al periodista Mauricio Herrera Ulloa a raíz de dosquerellas interpuestas por el delito de difamación. El periodista había publicado dos artículos que136

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!